miércoles, 22 de julio de 2009

RÉGIMEN DE INFORMACIÓN PARA LOS FIDUCIARIOS DE FIDEICOMISOS CONSTITUIDOS EN EL PAÍS


Recordamos que a través de la Resolución General 2419 (B.O. 06/03/2008) la AFIP establece un régimen de información que deberá ser cumplido por los sujetos que actúen en carácter de fiduciarios con respecto a los fideicomisos constituidos en el país, financieros o no financieros.

La obligación de informar deberá cumplirse utilizando el programa aplicativo denominado “AFIP - DGI FIDEICOMISOS FINANCIEROS Y NO FINANCIEROS - mediante la transferencia electrónica de datos a través del sitio “web” de la AFIP.

La información deberá proporcionarse en forma anual, con corte al 31 de diciembre de cada año, y suministrarse hasta la fecha del año inmediato siguiente al informado, que se fija a continuación:

TERMINACIÓN CUIT FECHA DE VENCIMIENTO
0-1 Hasta el 27 de julio, inclusive
2-3 Hasta el 28 de julio, inclusive
4-5 Hasta el 29 de julio, inclusive
6-7 Hasta el 30 de julio, inclusive
8-9 Hasta el 31 de julio, inclusive


Cuando alguna de las fechas de vencimiento establecidas precedentemente coincida con día feriado o inhábil, la misma así como las posteriores, se trasladarán correlativamente al o a los días hábiles inmediatos siguientes.

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