miércoles, 15 de julio de 2009

AFIP limitacion de Atención al público

Como medida preventiva frente al brote de Influenza A (H1N1) la AFIP a través de una resolución general que se publicará próximamente en el Boletín Oficial ha dispuesto limitar durante el período comprendido entre el 6/7/2009 y el 17/7/2009 la concurrencia de público a las distintas dependencias de la DIRECCIÓN GENERAL IMPOSITIVA a la realización de aquellos trámites que resulten estrictamente imprescindibles o cuya demora pueda ocasionar perjuicios tangibles a los contribuyentes.


Los únicos trámites que se atenderán en la AFIP serán los siguientes:

1. Solicitud de CUIT, CUIL
2. Solicitud y blanqueo de Clave Fiscal
3. Modificación y confirmación de domicilio. Presentación de constancias
4. Levantamientos de embargos y medidas cautelares
5. Registración de Contratos – RG 2596
6. Disconformidades y recursos
7. Certificaciones de no retención y/o exclusión
8. Certificado de Transferencia de Inmuebles
9. Certificaciones fiscales para contratar
10 Certificado de capacidad económica para discapacitados
11 Efectivización y levantamiento de clausuras
12 Recepción Formularios 381- Automotores
13 Anulación de Planes Ley 26476
14 Altas y Bajas de Controlador Fiscal
15 Otros trámites que resulten de atención perentoria, a criterio del responsable del área involucrada

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