Nuevo Importe INACAP
Con motivo del nuevo Acuerdo salarial celebrado el 30 de abril de 2009, en el marco del CCT 130/1975 de Empleados de Comercio, homologado por la resolución (ST) 570/1975, se incrementa a partir del devengado abril 2009 la contribución patronal obligatoria al INACAP a $ 9.76
CABA. Régimen de retención y percepción para contribuyentes del régimen simplificado
Mediante la resolución (AGIP Bs. As. cdad.) 177/2009, del 23/3/2009, modificada por la resolución (AGIP Bs. As. cdad.) 339/2009 se que crea un régimen de retención y percepción para los contribuyentes del Régimen Simplificado del impuesto sobre los ingresos brutos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA). El objetivo del Régimen es propiciar la regularización de aquellos contribuyentes que superen las magnitudes en lo referente a ingresos y precio máximo unitario de venta.
Resultan sujetos pasibles del régimen de recaudación los contribuyentes inscriptos en el Régimen Simplificado del impuesto sobre los ingresos brutos para las micro y pequeñas empresas de la CABA.
Provincia de Buenos Aires. Régimen de retención de Impuesto a los Ingresos Brutos
A partir del 1 de julio entra en vigencia el régimen de retención sobre cheques reglamentado por el Capítulo II de la resolución normativa (ARBA Bs. As.) 14/2009.
Recordamos que mediante la resolución (ARBA Bs. As.) 28/2009 se suspendió la entrada en vigencia del régimen por 60 días, con el propósito de analizar los alcances y potenciales inconvenientes que el régimen podría generar en diversos sectores de la economía.
Algunos aspectos del régimen:
Las entidades financieras deberán actuar como agentes de retención sobre los importes en pesos o dólares que abonen en ventanilla con motivo de la presentación de cheques, siempre que sean superiores a $ 1.000.
Los sujetos pasibles de la citada retención serán los contribuyentes del impuesto sobre los ingresos brutos que se encuentren incluidos en la nómina mensual que a ese efecto pondrá a disposición en su página web la Agencia de Recaudación al inicio de cada mes calendario.
El importe a retener será calculado aplicando la alícuota correspondiente sobre el 100% del importe consignado en el cheque. Las alícuotas a aplicar van desde 0,01% al 5%, según cada caso.
CABA - Registro de empleadores on line
De acuerdo con lo establecido por el D.(Bs. As. cdad.) 625/2009, el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, ha dispuesto la creación de un Registro de Empleadores On line.
Todos los empleadores con domicilio legal o establecimiento localizado en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, deberán ingresar obligatoriamente la información solicitada por el citado registro entre el 1º de enero y el 31 de marzo de cada año.
Destacamos, sin embargo que el ingreso de la información correspondiente al pasado año calendario 2008 deberá cumplirse entre el 1º de agosto y el 30 de septiembre del presente año en curso.
Con motivo del nuevo Acuerdo salarial celebrado el 30 de abril de 2009, en el marco del CCT 130/1975 de Empleados de Comercio, homologado por la resolución (ST) 570/1975, se incrementa a partir del devengado abril 2009 la contribución patronal obligatoria al INACAP a $ 9.76
CABA. Régimen de retención y percepción para contribuyentes del régimen simplificado
Mediante la resolución (AGIP Bs. As. cdad.) 177/2009, del 23/3/2009, modificada por la resolución (AGIP Bs. As. cdad.) 339/2009 se que crea un régimen de retención y percepción para los contribuyentes del Régimen Simplificado del impuesto sobre los ingresos brutos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA). El objetivo del Régimen es propiciar la regularización de aquellos contribuyentes que superen las magnitudes en lo referente a ingresos y precio máximo unitario de venta.
Resultan sujetos pasibles del régimen de recaudación los contribuyentes inscriptos en el Régimen Simplificado del impuesto sobre los ingresos brutos para las micro y pequeñas empresas de la CABA.
Provincia de Buenos Aires. Régimen de retención de Impuesto a los Ingresos Brutos
A partir del 1 de julio entra en vigencia el régimen de retención sobre cheques reglamentado por el Capítulo II de la resolución normativa (ARBA Bs. As.) 14/2009.
Recordamos que mediante la resolución (ARBA Bs. As.) 28/2009 se suspendió la entrada en vigencia del régimen por 60 días, con el propósito de analizar los alcances y potenciales inconvenientes que el régimen podría generar en diversos sectores de la economía.
Algunos aspectos del régimen:
Las entidades financieras deberán actuar como agentes de retención sobre los importes en pesos o dólares que abonen en ventanilla con motivo de la presentación de cheques, siempre que sean superiores a $ 1.000.
Los sujetos pasibles de la citada retención serán los contribuyentes del impuesto sobre los ingresos brutos que se encuentren incluidos en la nómina mensual que a ese efecto pondrá a disposición en su página web la Agencia de Recaudación al inicio de cada mes calendario.
El importe a retener será calculado aplicando la alícuota correspondiente sobre el 100% del importe consignado en el cheque. Las alícuotas a aplicar van desde 0,01% al 5%, según cada caso.
CABA - Registro de empleadores on line
De acuerdo con lo establecido por el D.(Bs. As. cdad.) 625/2009, el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, ha dispuesto la creación de un Registro de Empleadores On line.
Todos los empleadores con domicilio legal o establecimiento localizado en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, deberán ingresar obligatoriamente la información solicitada por el citado registro entre el 1º de enero y el 31 de marzo de cada año.
Destacamos, sin embargo que el ingreso de la información correspondiente al pasado año calendario 2008 deberá cumplirse entre el 1º de agosto y el 30 de septiembre del presente año en curso.
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