domingo, 10 de mayo de 2009

Algo de lo que todos queremos saber sobre impuestos

  • Los impuestos pueden tener tres orígenes:

    - Nación: sólo impuestos indirectos
    - Provincias: solo impuestos directos
    - Municipalidades: tasas por servicios, no pueden cobrar impuestos, sino tasas a cambio de alguna contraprestación.

    Los organismos que los regulan en cada caso son:
  • AFIP :
  • Rentas provinciales
  • Municipalidades


    Los impuestos nacionales, que dependen de la AFIP son- entre otros - :

    - Ganancias
    - Ganancia Mínima presunta
    - IVA
    - Impuesto Ley 25413
    - Bienes Personales ( impuesto de emergencia que se prorroga cada dos años)

    Los impuestos Provinciales y de la CABA son

    - IIBB
    - Impuesto automotor
    - Impuesto Inmobiliario
    - ABL en el caso de la CABA
    - Sellos

    Impuestos Municipales, excepto la CABA:

    - Tasa de ABL
    - Tasa de inspección higiene y seguridad
    - Otras

Ganancias

Es un impuesto que pagan todas las personas (fisicas o juridicas) que desarrollan actividades económicas, y no están exentas por alguna ley que así lo disponga.

Son ganancias de:

1ra Categoría: Renta del suelo devengado
2da categoría: Renta del capital percibido
3ra Categoría: sociedades devengado
4ta Categoría: personas fisicas (honorarios) percibido


Personas fisicas:

Presentan su DDJJ de ganancias en el mes de abril (o mayo en el caso de personas fisicas que participan en sociedades con cierre en Diciembre de cada año)
Pagan 5 anticipos en los meses de:
· Anticipo 1: Abril
· Anticipo 2: Agosto
· Anticipo 3: Octubre
· Anticipo 4: Diciembre
· Anticipo 5: Febrero

Abril / Mayo: vence la presentación de la DDJJ anual, y el pago del saldo.

Ingresos: son ingresos gravados, los que se relacionan con actividades economicas, persiguen fin de lucro y se da el requisito sustancial: permanencia de la fuente

Son gastos deducibles:
· Pagos de impuesto a los ingresos brutos
· Pago de autónomos / cajas de jubilación
· Gastos de automóvil: hasta $ 7200 al año
· Gastos directamente relacionados con la actividad: honorarios profesionales, gastos de oficina, computación, etc.
· Amortización del automóvil, hasta $ 4000 anuales

Deducciones admitidas:

- Honorarios médicos (incluye fonoaudiólogos, kinesiologos, psicologos, etc), hasta el 5 % de la ganancia neta
- Gastos de farmacia, hasta el 5 % de la ganancia Neta
- Obra social y medicina prepaga, tope 5 % de la GN
- Donaciones: hasta el 5 % de la ganancia neta ( siempre que se realicen a entidades exentas por el art 81 inc. h )
- Intereses por créditos hipotecarios con destino a compra de casa habitación, hasta $ 20000 anuales
- Primas de seguros de retiros privados
- Sueldos y cargas sociales abonadas al servicio doméstico, con el tope de la deducción especial

Deducciones personales:

- Hijos menores a 24 años (discapacitados sin limite de edad) con ingresos inferiores al mínimo no imponible
- Conyuge, si no tuviera ingresos superiores al minimo no imponibleDeduccion especial

No hay comentarios:

Publicar un comentario