lunes, 20 de octubre de 2014


ART SERVICIO DOMÉSTICO

El 3 de noviembre próximo comienza a regir la Ley 26.844 que extiende la cobertura de ART para quienes se desempeñan como Personal de Casas Particulares, en diferentes tareas, con y sin retiro.
Con esta norma, quedan protegidas por enfermedades y accidentes inculpables (los ajenos al trabajo), por maternidad y, ahora, por cualquier evento dañoso originado por el hecho o en ocasión del trabajo, sean éstos accidentes ocurridos en el ámbito laboral o las enfermedades profesionales contraídas a raíz del trabajo realizado.
El seguro que deben contratar los empleadores para sus dependientes es igual en todos los casos, independientemente de la ART seleccionada, y el costo de la cobertura será determinado por las superintendencias de Riesgos del Trabajo y de Seguros de la Nación.
El abono se pagará mensualmente, a través de AFIP, con los mismos mecanismos que se abona el resto de las cargas sociales.
En el caso de un accidente el trabajador debe informar a su empleador quien, a su vez, avisará de inmediato a la ART respectiva. La aseguradora instrumentará las acciones necesarias para dar la cobertura de asistencia médica y luego, en la medida que corresponda, brindar las indemnizaciones

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