jueves, 26 de noviembre de 2009

Asignación Universal Por Hijo para Protección Social

Mediante el Decreto 1602/09 (BO 30/10/2009) se crea la Asignación Universal por Hijo para Protección Social
Alcanza a los grupos familiares que se encuentren desocupados o se desempeñen en la economía informal y a trabajadores del servicio doméstico. Está destinado a los niños menores de 18 o discapacitados sin límite de edad. Se paga a uno sólo de los padres, tutor, curador o pariente por consanguinidad hasta el tercer grado.
El beneficio es de $ 180 por mes por hijo hasta un máximo de 5 chicos. Comienza a regir a partir de noviembre. De los $ 180 mensuales, $ 144 se cobran todos los meses y $ 36 se depositan en una caja de ahorro anualmente, cuando se cumplan los requisitos de salud (vacunación obligatoria hasta los 4 años de edad) y escolaridad (con el certificado de escolaridad en establecimientos educativos públicos de ciclo lectivo correspondiente).
El cobro de este beneficio universal es "incompatible" con el cobro de cualquier suma originada en Prestaciones Contributivas o no contributivas Nacionales, Provinciales, Municipales o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
La asignación no es automática ni universal. La cantidad de niños que la reciban dependerá de que los padres se inscriban, de los planes que queden absorbidos y de las asignaciones que ya se pagan.
Aumento de las asignaciones familiares. Octubre 2009 – retroactivo
El aporte por hijo pasará de $ 135 a $ 180 para sueldos de $ 1.001 a $ 2.400, de $ 102 a $ 136 para salarios de $ 2.401 a $ 3.600 y de $ 68 a $ 91 para mensualidades superiores a $ 3.600.
Además, se cambió los montos de asignaciones familiares para hijos con discapacidad, que también aumentaron 33%. El aporte por hijo cambia de $ 540 a $ 720, de $ 405 a $ 540, y de $ 270 a $ 360 para la misma escala ya mencionada.
La medida dispone un alza de las asignaciones por hijo pero no modifica las actuales bandas salariales, por lo que quienes cobren un básico superior a $ 4.800 no percibirán el beneficio.
La suba se aplicará retroactivamente desde el 1° de octubre.

Historia de Un Profesional

Había una vez un profesional, que trabajaba en forma independiente, y facturaba todos los meses $ 18.000 mas IVA. Le iba muy bien y trabajaba mucho. Pagaba un alquiler de oficina de $ 1500, tenía una empleada a la que le pagaba un sueldo bruto de $ 2500, por la que pagaba cargas sociales de $ 835. Por su facturación, correspondiente el 50 % a la provincia de Bs As pagaba $ 315 de IIBB, le retenían por el impuesto a las ganancias $ 1872 y en su resumen bancario tenía debitos por el impuesto al cheque de $ 267.

Tenía una esposa y cuatro hijos. Sus gastos mensuales incluían: colegios por $ 2000, supermercado por $ 3000, prepaga por $ 2000, y otros gastos de la vida cotidiana por $ 4000, entre los que había consumos de nafta, seguros, facturas de luz, gas, teléfono, agua y otros servicios.
A todos los importes mencionados se le adicionaba el correspondiente impuesto al valor agregado.
Tenía una casita comprada en $ 350.000, y un auto modelo 2008 de un valor de $ 60.000. Pagaba Bienes Personales, patente e inmobiliario.
A fin de mes, había destinado el 42 % de sus ingresos en impuestos y terminaba con un déficit de $ 2507.
Un profesional que facturaba en la Argentina $ 18.000 por mes, no podía mantener a su esposa e hijos. El estado no le brindaba seguridad, cobertura de salud y educación.
Se fue al exterior, hoy vive con un auto modelo 2009, una casa de U$S 250.000 y puede ahorrar algo por mes. Afuera le dieron oportunidades que acá no tuvo.
No nos preguntemos mas porqué nuestros jóvenes se van, acá tenemos la respuesta.


Florencia

viernes, 20 de noviembre de 2009

Cambio de Domicilio Estudio

Estimados clientes y Amigos:


Informamos a ustedes que a partir del lunes 23 de noviembre atenderemos en nuestra nueva oficina

Dirección: 9 de julio 521 Piso 1° Of. D
Teléfono: 4743-8987

jueves, 19 de noviembre de 2009

Aumento Sueldo Empleadas Domésticas

Mediante la Resolución 1002/2009 (BO 9/11/2009) se fijan las remuneraciones mínimas para el Personal de trabajo Doméstico comprendido en las categorías primera a tercera, aplicables a partir del 1 de Noviembre de 2009.

Remuneración a partir de Noviembre de 2009
• PRIMERA CATEGORIA: Institutrices, preceptores, gobernantas, amas de llaves, mayordomos, damas de compañía
o Personal Con retiro (8 horas) $ 1.656.72
o Personal sin retiro $ 1.846.70

• SEGUNDA CATEGORIA: cocineros/as especializados, mucamos/as especializados, niñeras especializadas, Valets y porteros de casas particulares)
o Personal con retiro (8 horas) $ 1.537.54
o Personal sin retiro $ 1.713.36

• TERCERA CATEGORIA: cocinero/ra, mucamos/as, niñeras en general auxiliares para todo trabajo, ayudantes/as, caseros y jardineras)
o $ 1.502.14.-

• CUARTA CATEGORIA: aprendices en general de 16 a 17 años de edad
o $ 1.347.56.-

• QUINTA CATEGORIA: personal con retiro que trabaja diariamente 8 horas diarias

o Por mes $ 1.347.56
o Por hora $ 10.27.-

Por una labor máxima de 4 horas de trabajo diarias $ 673.78
"Hora de excedencia" $ 10.27

sábado, 7 de noviembre de 2009

Cambio de Domicilio a través de Internet

Por medio de la Resolución General 2574, publicada en el BO el 4 de Marzo de 2009, la AFIP estableció un procedimiento electrónico de constitución y cambio de domicilio fiscal.

El procedimiento informático es obligatorio para los auxiliares de comercio y del servicio aduanero y optativo para el resto de los contribuyentes.
Este procedimiento electrónico no podrá utilizarse cuando el domicilio actualmente declarado figure como inexistente o no notificado.
Para hacer el trámite se requiere clave fiscal con nivel de seguridad 3, la que se obtiene en las dependencias de AFIP.
Una vez realizado el trámite por Internet, el AFIP procederá a verificar el domicilio declarado a través del correo, enviando una notificación conteniendo un código de confirmación del domicilio. Los contribuyentes deberán ingresar a la página de la AFIP para proceder a confirmar el domicilio, dentro de los 30 días de modificado el domicilio. En caso de no hacerlo, el trámite será archivado y el domicilio pasará al estado “inexistente” debiendo concurrir a la dependencia de AFIP correspondiente a realizar el cambio de domicilio.